El derecho al transporte de las personas con discapacidad no es un acto de "buena voluntad"
Por Reyes Ramiro Gamez Barboza
Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- La Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad del Estado de Nuevo León garantiza unidades con adaptaciones que permitan el ascenso y descenso seguro de personas con discapacidad, sin embargo un artículo transitorio de dicha legislación señala que “se concede un término de cinco años” desde la entrada en vigor de dicha Ley para que los vehículos sean cambiados por “vehículos que utilicen energías limpias y adaptadas para personas con discapacidad”, pero esperar cinco años no es la mejor opción, cuando se sabe que en la entidad algunos empresarios concesionarios ya cuentan con unidades que pueden ser adaptadas.